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CUOTAS DE PARTICIPACIÓN
1. Tengo las cuotas de participación de mi inmueble: de pisos
38,41 y de locales 4,65. ¿Porqué no suman el 100%?
2. ¿Los locales participan de los gastos igual que los pisos
o sólo de cierto tipo de gastos?
3. En caso de no haberles cobrado lo que les corresponde, ¿es
posible cobrarles lo que hayan pagado de menos, si con efectos retroactivos?
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1. La suma de todos los coeficientes ha de ser 100, a no ser
que se trate de una Comunidad formada por varios bloques, y que
usted se refiera a la suma de pisos y locales de un bloque.
2. Los locales participan, en principio, con su coeficiente, en
todos los gastos de la Comunidad, excepto si en los Estatutos
o, por acuerdo unánime
de la Comunidad, son eximidos de ciertos gastos (ascensor, calefacción,
luz
de escalera, etc.).
3. Los gastos correspondientes a ejercicios anteriores que se
hayan liquidado
y cuyas cuentas estén aprobadas, son difíciles de
reclamar; habría que
examinar las actas, las convocatorias y los acuerdos tomados en
relación
con el Presupuesto, Cuotas y Aprobación de cuentas de los
ejercicios
finalizados para poder opinar con conocimiento de causa.
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