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Derecho a una vivienda 'judicialmente exigible' por la que no se tenga que desembolsar más de un 35% de los ingresos

 

Derecho a una vivienda 'judicialmente exigible' por la que no se tenga que desembolsar más de un 35% de los ingresosAbogan por limitar los embargos, subsidiar las hipotecas y perseguir fiscalmente la especulación urbanística

 



Izquierda Unida (IU) e Iniciativa per Catalunya Verds (ICV) presentaron ayer en el Congreso de los Diputados una proposición de ley que plantea el recononocimiento del derecho subjetivo y "judicialmente exigible" de todos los ciudadanos a una vivienda por la que no tenga que desembolsar más de un 35% de sus ingresos, así como la limitación al "sobreendeudamiento" de las hipotecas y a los embargos que se producen por la dificultades para afrontar su pago.

En rueda de prensa, los diputados de IU, Gaspar Llamazares, e ICV, Joan Herrera, explicaron que esta iniciativa pretende que la vivienda pase del terreno de los principios rectores recogidos en la Constitución a ser un "verdadero derecho" consustancial a la condición de sujeto de derecho, que además podrá exigirlo al Estado si en un determinado plazo no se materializa.

Así, los demandantes con rentas inferiores podrán empezar a reclamar a partir de 2012 un vivienda, ya sea mediante alquiler, acceso a una vivienda protegida o subvención de adquisición de una vivienda libre. Desde 2014 y 2016 podrán hacerlo los de ingresos medios y altos, respectivamente.

La proposición de ley, que se inspira en la legislación francesa precisa también que no puedan concederse hipotecas por cuotas mensuales superiores al 35% de los ingresos mensuales de los beneficiarios, aunque existirá un periodo transitorio entre 2009 y 2010 cuando el límite se fije en el 40%. También se permitirá un plazo de 15 días de reflexión tras la firma del contrato.

Además, el plazo de amortización se reducirá paulatinamente hasta los 30, posteriormente, 25 años, y las entidades crediticias no podrán conceder créditos hipotecarios por encima del 80% del valor de la vivienda (el 100% en el caso de la VPO). Herrera explicó que la Ley Hipotecaria aprobada en 2007 incluye recomendaciones en este sentido, si bien ahora pretende que se conviertan en mandato legal.

FIN DE LAS COMISIONES POR ESTUDIO

La norma contempla también la "prohibición de cláusulas abusivas" en los contratos, como la imposición de intereses moratorios superiores a los remuneratorios, los avales por importes que excedan el precio de la propia vivienda y la imposición de comisiones por el estudio o concesión de un préstamos hipotecario. Además, el Gobierno subsidiará hasta un 1,5% de los prestamos a partir del momento en que los intereses de los mismos se eleven más de un 0,5%.

En el caso de embargo, en ningún caso se podrá retener la pensión, subsidio o salario que no supere el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Superado este límite, se fijarán límites en función de los ingresos y condiciones familiares.

Cuando el inmueble objeto de ejecución hipotecaria es domicilio único, se contempla que la alternativa al embargo pueda ser el arrendamiento por 5 años, un usufructo vitalicio o una liquidación aplazada y progresiva de la deuda. Llamazares resaltó que esta medida será una de las que planteará en el Debate del Estado de la Nación de la próxima semana.

Dentro de las propuestas fiscales contenidas en la ley se incluyen la eliminación de las deducciones fiscales por compra de vivienda libre, mientras que los ingresos por alquiler tendrán beneficios tributarios, así como la construcción de VPO para alquiler. Por contra, la vivienda que se determine como desocupada sufrirá una recarga del 250% en todos sus tributos.

También se recargarán fiscalmente de manera progresiva las operaciones de compra venta de suelo, de promoción y de venta de viviendas cuyo beneficios superen el 25% y por una cuantía que se determinará progresivamente según las plusvalías, con el objeto de perseguir la especulación urbanística. En este sentido, todos los ayuntamientos tendrán que Planes de Urbanismo de acuerdo alos principios de la ley.

 
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Fuente: Redacción

Comentarios de la noticia

No me parece mal la línea de propuesta de estos grupos. Aunque deberían introducir la eliminación del pago de las transmisiones patrimoniales o el IVA en el caso de la vivienda habitual. Y en el caso de impago por parte del comprador, además de posibles moratorias, conviene limitarle al banco, como garantía del préstamo, la hipotecaria. Sería suficiente habiendo limitado los préstamos al 80% de su valor, al 35% del salario y a 25 años de plazo como para dejar en la ruina al comprador, que, con estas medidas ya habrá perdido mucho mas de un 20% de valor del piso con el esfuerzo de su ahorro.
Comentado por Mariano Soria (soriamariano@hotmail.com) el 07.05.2009 12:00

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