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La nueva Ley de Morosidad va en contra de la economía de mercado y podría considerarse inconstitucional

 

La nueva Ley de Morosidad va en contra de la economía de mercado y podría considerarse inconstitucionalLa Asociación Nacional de Constructoras Independientes (Anci) apuntó ayer que "podría considerarse insconstitucional" la obligación de pagar a proveedores en un plazo de tiempo de sesenta días que introducirá la nueva Ley de Morosidad, actualmente en trámite parlamentario.

 

La patronal de constructoras medianas reclamó libertad para que las empresas puedan acordar con sus proveedores y subcontratistas los periodos de tiempo en que abonarán sus facturas.

"La libertad de pacto forma parte de la economía de mercado, de las leyes naturales de la economía y de los usos habituales del comercio, y su supresión podría ser incluso considerada inconstitucional", señaló Anci en un comunicado.

La asociación que preside Jaime Lamo de Espinosa apuntó además que "no resuelve nada" el régimen transitorio de dos años que la nueva Ley de Morosidad concederá a las constructoras de obra civil para adaptarse al plazo de pago en sesenta días, gracias a una enmienda introducida ayer en el Senado. "Sólo sería aceptable si las administraciones pagaran a treinta días", añade la patronal.

Anci estima además "absolutamente inoportuna" esta ley, dado el ajuste de inversión en infraestructuras anunciado por el Ministerio de Fomento y la actual coyuntura económica global, "que en nada se parece" al momento en que CiU presentó la proposición de ley.

La nueva Ley de Morosidad fija un plazo máximo de treinta días para que la Administración pague las facturas a las empresas, y de sesenta días para que las empresas paguen a proveedores y subcontratistas. Además, prohíbe la posibilidad de que las partes acuerden periodos de pago distintos a los que fije la ley.

Con todo, el texto busca atajar los problemas de liquidez y viabilidad que está provocando en pequeñas y medianas empresas y autónomos la morosidad y el alargamiento de los plazos de pago de facturas, tanto por parte de la Administración como de las empresas.

 
Fuente: Redacción

Comentarios de la noticia

Me parece perfecto que los organismos públicos paguen con una razonable rapidez, veremos si es cierto, al menos con los contratos futuros, y no me parece mal que a quien ellos paguen en 30 días tenga que pagar a su vez en 60 días el material (o lo que sea) comprado para servir al contrato con la administración, ahora, que a uno que no tiene nada que ver con la administración le obliguen a pagar en 60 días me parece demencial, yo con mis proveedores pacto la forma y fecha de pago que me da la gana, y pienso que es una ingerencia intolerable que estos vengan a decirme como gestionar mi cartera de pagos.
Comentado por ceblis (luis@alfacode.com) el 11.06.2010 16:21

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