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Nueva propuesta de Martinsa Fadesa para pagar a sus acreedores admitida

 

Nueva propuesta de Martinsa Fadesa para pagar a sus acreedores admitida La nueva propuesta de Martinsa Fadesa para pagar a sus acreedores el importe de 6.905 millones que les adeuda ha sido admitida a trámite por el Juzgado de lo Mercantil de A Coruña, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

 

Los acreedores del grupo que controla y preside Fernando Marín tienen de plazo hasta el 4 de enero de 2011 para manifestar su voto a favor o en contra de las nuevas condiciones de pago que ofrece la inmobiliaria.
La aprobación de este convenio de acreedores supondrá la superación de un concurso y de la tutela judicial. Para lograrlo, la propuesta debe recibir votos favorables de más del 50% del pasivo.
La propuesta de convenio, que sustituye a la que la inmobiliaria presentó en diciembre de 2008, cinco meses después de protagonizar el mayor concurso de la historia, cuenta ya con el respaldo de los cuatro primeros bancos acreedores de la compañía (Caja Madrid, 'La Caixa', Caixa Galicia y Banco Popular).
En virtud de la propuesta, Martinsa se abre a que los bancos canjeen su deuda por acciones de la inmobiliaria. En concreto, una de las alterantivas pasa por cobrar en cinco años ‘con una quita sustancial’, mientras que la segunda contempla convertir en préstamos participativos el 15% del crédito ordinario.
Según el informe concursal definitivo de la inmobiliaria, la compañía cuenta con activos valorados en 7.264,6 millones de euros para atender a su deuda.
Por el momento, la propuesta de pagos queda pendiente de que la administración concursal de Martinsa emita el correspondiente informe sobre la misma.
De su lado, en el auto de su admisión a trámite, emitido el 1 de septiembre, el juez titular considera ‘válidamente revocada’ la adhesión de las cuatro entidades financieras que presentaron la nueva propuesta.
El juez considera además ‘justificado’ el hecho de que en la propuesta de pago de la deuda se superen los plazos máximos de quita y espera establecidos en la ley. ‘Agotada la capacidad financiera de la empresa, no es razonable comprometer el pago total de los créditos concursales dentro del plazo de cinco años’, argumenta.

 
Fuente: Redacción

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