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Ley Concursal: Modificación para limitar los intereses de demora de las hipotecas

 

Ley Concursal: Modificación para limitar los intereses de demora de las hipotecasEn otra iniciativa, el partido de Rosa Díez pide al Gobierno que limite los intereses de demora en las hipotecas

 

UPyD defenderá este martes en el Congreso de los Diputados una proposición de ley relativa a la dación en pago, en la que propone una modificación de la Ley Concursal que permita a las personas físicas declararse insolventes y responder únicamente a la deuda con sus bienes embargables, quedando exonerado el pasivo restante y librando a estos deudores de un ‘ostracismo’ de por vida.

El texto, apuesta por abordar el problema de los desahucios hipotecarios desde una ‘perspectiva concursal’ que evite ‘desestabilizar de manera desproporcionada la situación financiera de las entidades de crédito’ y que, a la vez, no deje a los deudores sin posibilidad de acceder al crédito y a la economía productiva de por vida.

Para ello, propone modificar la Ley Concursal para permitir que las personas físicas se beneficien del efecto jurídico del concurso de acreedores con lo que, ‘una vez ejecutado todo el patrimonio embargable, el pasivo restante quede exonerado por decisión judicial’ en un plazo de entre tres y cinco años, y sin que sea necesario un acuerdo con el acreedor.

En cualquier caso, la propuesta de la formación magenta apuesta por incentivar que acreedor y deudor acuerden planes de pagos o quitas para no tener que llegar a la declaración de insolvencia. Además, también se pide que el acreedor no pueda adjudicarse la finca hipotecada por menos del 70% de la tasación en caso de no haber otros postores en la subasta pública, que también deberá publicitarse más.

Con este objetivo, UPyD propone que los potenciales postores puedan visitar las viviendas y que se incentive la salida del deudor mediante la interrupción de los intereses de demora y una quita automática de la deuda equivalente 2 por ciento del valor de tasación para evitar llegar a situaciones de desahucios forzosos, que suponen uno de los principales problemas de estas situaciones y causan ‘caídas drásticas’ del valor de las viviendas.

La formación magenta reclama que se exonere a las personas desahuciadas de tener que tributar por el incremento patrimonial en el IRPF pero sólo cuando los ingresos ordinarios por renta no superen los 12.000€.

Para evitar que estas situaciones se repitan en el futuro, se propone fijar un límite máximo a los intereses moratorios de las hipotecas de seis puntos por encima del tipo fijado o del tipo de referencia convenido.

Además, piden que se fije por ley que la responsabilidad del préstamo sólo se extienda al valor de la finca o fincas hipotecadas, y que se obligue a las entidades financieras a ofrecer hipotecas de responsabilidad limitada.

Más allá de las modificaciones de las leyes Concursal, de Enjuiciamiento Civil, Hipotecaria y del IRPF ahora, el Gobierno aborde ‘en un futuro inmediato’ una nueva normativa destinada a ‘desarrollar la obligación de crédito responsable’ a las entidades bancarias.

La formación magenta ha registrado otra proposición no de ley relativa a los intereses de demora de los créditos hipotecarios que, según denuncia, ‘no dejan de aumentar en los últimos trimestres’ y suponen ‘una penalización excesiva’. ‘El carácter abusivo de tales sanciones aumenta el riesgo de que cualquier impago derive en un proceso de incumplimiento irreversible’, argumenta.

Por eso, pide que se limite los intereses de demora de las hipotecas a un máximo de 2,5 veces el tipo de interés legal que cada año fijan los Presupuestos Generales del Estado, además de exigir que los vencimientos anticipados ‘no se pueda ejecutar hasta que se haya incurrido en impago durante un mínimo de seis meses’.

Asimismo, sugieren que ‘la posibilidad de rehabilitar una operación no se limite solo a los consumidores cuando se trata de un préstamo hipotecario sobre la vivienda familiar, permitiendo todo tipo de prestatarios de préstamos hipotecarios, ya sean empresas, profesionales, autónomos o consumidores’, y que se ‘fortalezca la vigilancia sobre las prácticas abusivas de los Bancos y Cajas de Ahorro en materia de créditos hipotecarios’ así como de ‘las entidades de reunificación de deudas, atendiendo especialmente a las posibles prácticas abusivas de este sector’.

Así, recuerdan que el Banco de España no ha establecido ningún límite máximo del tipo de interés aplicable, como sí tienen otros intereses bancarios como los de descubierto, por lo que el ciudadano queda sometido a la decisión de la entidad financiera.

 
Fuente: Redacción

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