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La nueva ley hipotecaria reducirá los costes de las hipotecas en torno al 40%

 

La nueva ley hipotecaria reducirá los costes de las hipotecas en torno al 40%El secretario de Estado de Economía, David Vegara, anunció ayer que la reforma de la Ley Hipotecaria reducirá del 1% al 0,5% la comisión máxima por cancelación anticipada de hipoteca en las firmadas a tipos de interés variable. En las suscritas a tipo fijo, este porcentaje del 0,5% solo podrá aumentarse en el caso de que los tipos de interés en el momento de la cancelación del préstamo estén por encima del tipo al que se contrató la hipoteca.

 

Vegara indicó que actualmente en las hipotecas firmadas a tipo fijo las entidades financieras tienen ‘libertad de comisiones’, con lo que la reforma viene a romper esta ‘simetría’ y sólo en el caso de que exista un ‘perjuicio’ para la entidad (que los tipos de interés hubieran subido respecto a los niveles a los que la entidad dio el préstamo a tipo fijo), prevalecerá la comisión prevista en el contrato, de lo contrario, se tendrá que rebajar al 0,5%.

Junto con esta reducción de las comisiones, la reforma de la Ley Hipotecaria, que entrará en vigor dentro de un año y que no tendrá carácter retroactivo, contempla una rebaja de los costes notariales y registrales en las cancelaciones, novaciones y subrogaciones de hipotecas, ya que las bonificaciones de que ahora disfrutan se elevarán al 90% en todos los casos (el tomador del préstamo sólo pagará el 10%), frente al 75% actual.

Además, en el caso de los aranceles notariales, los documentos de cuantía que existen en las escrituras y que tienen un coste determinado por un porcentaje de cada 1.000 euros, se sustituyen por ‘documentos sin cuantía’, que suponen una cantidad fija, con un mínimo de 30 euros (ahora son 90 euros), lo que, según Vegara, supondrá una rebaja de los costes notariales para los titulares de hipotecas.

En concreto, indicó que ambas medidas (la reducción de aranceles registrales y notariales) supondrán una rebaja del 40% para los titulares de una hipoteca media (unos 120.000 euros) respecto a la situación actual.

Igualmente, la reforma de la Ley Hipotecaria regulará la figura de la 'hipoteca inversa', que sólo podrá ser suscrita por personas mayores de 65 años o dependientes y que contempla que, aunque se agote la renta que aporta la entidad financiera en función del valor de tasación de la vivienda, el titular de la misma pueda seguir viviendo en su casa.

Al fallecimiento del adquiriente, los herederos tendrán dos posibilidades, o bien que la entidad ejecute la hipoteca, esto es, que los herederos vendan la vivienda, o bien que paguen la deuda que ha generado la hipoteca inversa y recuperen el inmueble. Además, la única garantía que tendrá el banco para recuperar el dinero es la hipoteca de la vivienda, pero nunca podrá ir contra cualquier otro bien de los herederos.

Además de la reducción del coste para los consumidores, Vegara apuntó que la reforma también contempla aumentar la ‘independencia’ de las tasadoras, estableciendo un ‘código de conducta interno’, reforzado en el caso de que la tasadora pertenezca a la propia entidad financiera. ‘Creemos que ahí, el funcionamiento es razonable, pero que hay algunos elementos que pueden mejorar’, añadió.

Vegara, que indicó que esta misma semana se elevará la reforma a información pública y que el Gobierno incorporará las propuestas que considere ‘razonables’ y respondan a la filosofía de la nueva ley, señaló que, tras la norma, se aprobará una Orden Ministerial que habilitará al ministro de Economía para establecer la ‘información mínima’ que deberán dar las entidades financieras a los tomadores de los préstamos hipotecarios.

En este sentido, precisó que, si bien se trata de un tema que aún está en discusión interna, es ‘bien lógico’ que las entidades puedan estar obligadas a hacer simulaciones de las nuevas cuotas que tendrán que pagar los consumidores ante movimientos de los tipos de interés, del tal manera que los ciudadanos tengan una ‘percepción adecuada’ del riesgo que están adquiriendo con la contratación a tipos variables o fijos.

Vegara afirmó que con esta reforma el Gobierno no pretende ‘impulsar’ los préstamos hipotecarios, que están alcanzando cifras récord en los últimos años, sino facilitar los mecanismos a través de los cuales las familias pueden contratar sus hipotecas.

‘Creemos que el funcionamiento del mercado hipotecario español es muy razonable y muy satisfactorio, sin embargo, pensamos que hay aspectos que son mejorables, y esto tiene que ver con la transparencia y la información que se proporciona a los consumidores a la hora de tomar un préstamo y con rebajar algo los costes de las nuevas hipotecas’, reiteró.

Sobre el endeudamiento de las familias, en la mayoría de los casos por la adquisición de viviendas, indicó que no hay una situación ‘unívoca’ en todas ellas, y que en su conjunto, los hogares españoles tienen una riqueza financiera que es más del doble de su nivel de deuda.

‘Esto no quiere decir que no haya familias en las que variaciones relativamente pequeñas de las tasas de interés puedan complicar más su situación económica’, insistió Vegara, tras indicar que, en cualquier caso, los aumentos que prevé el mercado sobre los tipos de interés ‘no parece que vayan a poner en circunstancias extremas al conjunto de las familias ni muchísimo menos’.

Fuente: Redacción

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Comentarios de la noticia

Hola buenas tardes, estoy en el paro y quisiera saber si ya ha entrado en vigor la Ley de paralización de intereses de hipoteca, pues voy a mí entidad bancaria le comento este asunto y el director me dice que no sabe nada, de paso quisiera saber si solo son los intereses o la totalidad de la mensualidad; gracias de antemano por su tiempo.
Comentado por Koldo (koldo.amg@gmail.com) el 16.04.2009 18:33
hola, quisiera saber si estando en el paro puedo paralizar mi hipoteca durante un tiempo,cuanto?. mucha gracias
Comentado por juan luis (juanluis_nl@menta.net) el 08.02.2009 19:26
quisiera saber si es cierto que la hipoteca se puede paralizar por un periodo de tiempo
Comentado por begoña (bgarlo@hotmail.es) el 05.11.2008 15:40
Mí pregunta es la siguiente:
tengo una hipoteca en una vivienda la cual quiero poner en alquiler, para yo poder alquilar en otro lugar que quede más cerca del trabajo de mí pareja. Querría saber si en este caso puedo veneficiarme de la nueva ley, ya que aunque se alquile yo también tendré que hacerlo en otro lugar. Gracias.
Comentado por aroa (colladoaroa@hotmail.com) el 04.11.2008 17:35
Hola,
quería saber si al realizar una hipoteca nueva después de la entrada en vigor de la ley, también se le aplicaría la reducción de costes de notario y registro, dado que entiendo que solamente es para la modificación y cancelación de hipotecas ya hechas a partir de dicha ley.Gracias.
Comentado por José Manuel (jamardo2@hotmail.com) el 16.12.2007 08:38
quiero cambiar de banco mi hipoteca y quisiera sabar cuando se llevara a cabo la nueva ley de reducion de gastos gracias y un saludo
Comentado por julio (julioelda@hotmail.com) el 26.10.2007 13:13
quisiera saber si existe posibilidad estar exento de pagar el i.a.j.d en andalucia y cual es toda la normativa vigente sobre este impuesto?
Comentado por alvaro lopez vidal (cyberneck@hotmail.com) el 23.11.2006 13:56
Desearía me contestasen a esta pregunta:
Quiero vender una vivienda que es la habitual para comprar otra .Cuanto me podría deducir de Hacienda, cuando y si tendría que pagar algo de la plusvalía ganada.Y que plazotendría para comprar la nueva, si aún tengo una hipoteca con la actual. Gracias. pilar
Comentado por pilar (pilarbra@ono.com) el 30.10.2006 17:16

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