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Comunidades de vecinos: Fuente de conflictos

 

Comunidades de vecinos: Fuente de conflictosPor otro lado, ningún vecino se puede negar a la eliminación de barreras arquitectónicas si la demanda proviene de una persona con minusvalías. Cuando no se obtenga la mayoria requerida por la Ley de Propiedad Horizontal, el propietario afectado de minusvalia estará autorizado por ley a realizar la obra, asumiendo todos los costes.

 


Si un vecino quiere instalar una antena parabólica comunal, tendrá que conseguir que lo apruebe un tercio de los propietarios. Los que se hayan opuesto no tienen la obligación de pagar el coste de instalación o mantenimiento, pero si en el futuro desean tener acceso a las emisiones, deben abonar el importe que les hubiera correspondido, actualizado al interés legal del dinero.


Obras bajo control

Un propietario puede modificar los elementos arquitectónicos (tirar tabiques no maestros, por ejemplo), instalaciones o servicios de su piso, siempre que no perjudique la seguridad del edificio, la estructura general, su configuración o estado anteriores ni vulnere los derechos de otro propietario (no se pueden cerrar balcones o instalar ventanas de distinto color o tamaño). Cualquier obra realizada bajo estas características debe ser comunicada al representante de la comunidad.

Pero los propietarios no pueden realizar acciones prohibidas por los estatutos o que resulten dañosas para la finca o que "contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas". Y la comunidad puede actuar ante la justicia si dichas actividades no cesan.


Fondo de reserva

Según la nueva Ley de Propiedad Horizontal, los propietarios están obligados a pagar la constitución de un fondo de reserva destinado a las obras de conservación y reparación del edificio (incluyendo el portal). La reserva de este fondo debe ser del 2,5% del presupuesto anual de la comunidad para el primer año y del 5% a partir del segundo.

Si la obra no es de conservación y reparación, puede que implique una modificación de la estructura o configuración de la finca y, por ello, será precisa la unanimidad. Si se califica una obra como de innovación o de mejora, entonces quienes se opongan sólo estarán obligados a contribuir cuando el importe sea inferior a las tres cuotas ordinarias.

La comunidad de vecinos podrá utilizar el fondo para suscribir un contrato de mantenimiento del inmueble o para pagar las obras necesarias para mantener el edificio. También se puede disponer del fondo para contratar un seguro que cubra los daños por riesgos extraordinarios. Por otro lado, todo el dinero que se utilice del fondo se tendrá que reponer en los siguientes presupuestos.

 

Comentarios del reportaje

Buenas. Vivo en una comunidad de trs bloques. Tengo una plaza de garage en el parking sotano y me estan rayando un coche nuevo dentro del parkin. tengo mis sospechas , pero no la certeza. Solo que hay demasiadas coincidencias como para no sospechar de este energúmeno. Espero me puedan ayudar, pues esto viene ocurriendo desde el pasado veran hasta la fecha de hoy. Gracias
Comentado por urruty (jagovega@yahoo.es) el 12.04.2011 16:44
k hay muchos pleitos entre vesinos k por to2 hacen un chou y por bevidas y con vesinos uno no puede peliar por por los vesino podemos hacer muchas cosas y nadie sabia si en el dia de mañana ellos o ayudaran por eso no puede aber pleitos con sus familias o cual personas
Comentado por tania (tania_noesi29@hotmail.com) el 26.03.2011 13:33
Buena, pertenezco a una urbanización que el constructor comenzó con una propiedad horizontal. Terminó el plan parcial de urbanización y el ayuntamiento a cogido como público los viales jardines y obras de fábricas por lo que ya no tenemos nada que compartir como elemento de servicio ni de copropiedad ¿puede la mayoría con mi voto en contra utilizar el presupuesto o parte de él para invertirlo en arreglo de jardines que son públicos? ¿puedo desligarme de la comunidad si ya no hay nada que me una a ellos más que el el mero título constitutivo?
Comentado por Elias Sanchez (cerezal69@yahoo.es) el 15.02.2011 23:17
Hola,
Con este escrito querría conseguir que alguien que supiese del tema me ayudase puesto que tengo un problema serio con una vecina del segundo ,la cual,me está haciendo la vida imposible.Vivo en bloque antiguo del casco urbano (los pisos tienen 47 años)yo me lo compré hace 5 y no sabía donde me metía.Pues esta pieza* hace cosas como; arroja la agua sucia por la ventana, no se puede tender ni dejar abierta pra que se ventile, la puerta principal me la ha rallado dos veces(una puerta blindada que me costó 900e)me tira la basura que barre de casa en mi entrada y mil cosas que puedo seguir escribiendo.He puesto varias denuncias pero siempre me dicen lo mismo,que esto tiene q ser por lo civil,y ya lo he realizado todo lo que esta en mi alcance.Les agradecería que puedo hacer¿?gracias por todo Un saludo.
Comentado por laura (arual11sant@hotmail.com) el 03.01.2011 23:38
tenemos en el edificio 3 familias de marroquis que tienen la escalera sucia. ya se les ha pedido varias veces, de buenas maneras, que cuiden de la limpieza de ella, pero sin resultado. sus crios corren y gritan por ella constantemente....que se ha de hacer?
gracias.
Comentado por esther tapia (mamonzillo25@hotmail.com) el 25.07.2007 06:37
Me gustaría saber que puedo hacer con el presidente de la Comunidad,la ha cogido y no han presentado cuentas ni nada,solo esta firmada por él y el saliente,sin figurar los vecinos para nada.Se hacen reuniones y no las pone ni se firman en el libro de actas.Y otra pregunta es que hay una persona que limpia el portal por otros vecinos,cobrando y sin seguro.Hemos querido poner limpiadora pero el presidente se encargo de decir mentiras y no se llego a ningun sitio,ante esto puedo hacer algo?,todo esto no ha sido reflejado en el libro de actas.Quedo a la espera de su respuesta y aprovecho para enviarles un cordial saludo.
Comentado por Marisa (marisa_sire@hotmail.com) el 11.06.2007 14:18

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