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Las modificaciones a la Ley andaluza 13/2005 propiciará la salida de inversiones de esta comunidad

 

Las modificaciones a la Ley andaluza 13/2005 propiciará la salida de inversiones de esta comunidadLa Ley, recientemente aprobada por el parlamento andaluz modificando la Ley 13/2005 que a su vez cambió la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía, plantea extraordinarias dificultades para el desarrollo del turismo residencial en Andalucía y propiciará la salida de inversiones de esta comunidad.

 

Paradójicamente con esta Ley se tienen que hacer menos viviendas protegidas en las grandes ciudades, que es donde más necesidad existe, y se obliga a incluirlas en los usos residenciales de los suelos considerados como turísticos, dificultando con ello, en gran manera, el desarrollo futuro de proyectos turísticos residenciales de calidad en Andalucía.

Efectivamente, el Pleno del Parlamento de Andalucía, con los únicos votos favorables del Grupo Socialista, aprobó el pasado día 4 de mayo, la proposición de ley presentada por dicho grupo parlamentario que modifica la recientemente aprobada Ley 13/2005, que a su vez modificó la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Nuevamente se ha introducido en la exposición de motivos de la Ley indicada una referencia a que cuando se implanten usos residenciales, sea cual sea el uso global y el tipo de vivienda que se construya, se incluirá la reserva del 30 por 100 de la edificabilidad de cualquier tipología residencial para viviendas de protección pública. La Ley no dice nada sobre la posibilidad de que pueda compensarse en otro sector si no resultara adecuada la construcción de viviendas de protección pública en un determinado sector por sus características de densidad y tipología.

Sí lo hace, sin embargo, en su artículo 1 en cuanto a los sectores con uso residencial, en donde se permite compensar con otros sectores, cuando tengan una densidad inferior a 15 viviendas por hectárea y, por su tipología, no se consideren aptas para la construcción de este tipo de viviendas.

Se da por tanto la paradoja de que en los suelos residenciales se podrá compensar en la forma indicada y, sin embargo, en los suelos turísticos (que tengan parte de uso residencial) no es posible esa compensación y ello a pesar de que los estándares urbanísticos (zonas verdes, aparcamientos, etc.) de los suelos turísticos son superiores a los residenciales.

Sirva de ejemplo, en el POT de la Costa del Sol, los suelos de interés territorial, previstos para fines turísticos de excelencia pero a los que se permite residencial en parcela mínima de 20.000 metros cuadrados, tendrían que reservar el 30 por 100 de esa edificabilidad para viviendas de protección oficial. Es decir imposible. Contradicciones como estas encontraremos bastantes.

Además como se ha indicado, con esta regulación que hace referencia al 30 por 100 de la edificabilidad, en lugar del aprovechamiento medio como decía la Ley antes, salen beneficiados, notablemente, las ciudades grandes que así ven reducida su obligación, mientras que en municipios medianos y pequeños (que antes estaban exentos en caso de menos de 20.000 habitantes) se hará imposible llevar a cabo desarrollos turísticos residenciales porque en estos municipios, además, será muy difícil la compensación en otros sectores.

Con esta regulación estamos convencidos de que gran parte de la inversión que estaba prevista realizar en Andalucía, especialmente en municipios medianos y pequeños, se irá a otras zonas y con ello el desequilibrio existente actualmente en muchas zonas de Andalucía se hará cada vez mayor.



PROMOTUR no está en absoluto en contra de favorecer legalmente la promoción de viviendas de protección oficial, pero sí que se imponga de forma poco racional al margen de la demanda real de este tipo de viviendas en cada municipio y, sobre todo, que ello se haga alterando las características que requiere el mercado para el desarrollo del turismo residencial, que ha sido uno de los pilares fundamentales de nuestra economía y de manera especial en las costas andaluzas.

PROMOTUR, además, apoya un desarrollo de calidad con criterios de densidad adecuados en cada zona, pero dentro de unas reglas claras que. Desde luego, no pasan por la modificación de una ley tan básica como la de ordenación urbanística apenas dos años después de su aprobación, y es por ello que llamamos la atención a los graves perjuicios que la aplicación de la ley recientemente aprobada traerá para nuestra economía.

Fuente: Redacción

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Comentado por PrelKikam (kwisarat@mardenafuga.info) el 27.08.2007 00:35

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