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Febrero de 2007
 
 

El Código Técnico de la Edificación a examen

 

El Código Técnico de la Edificación a examenEl pasado 28 de marzo, se publicaba el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, una norma demandada desde hace años y que nace para “mejorar la calidad de la edificación, y promover la innovación y la sostenibilidad”. Así, desde ahora, la concesión de las nuevas licencias de edificación, comporta la asunción de los derechos y obligaciones previstos en este Código.

 

Bajo el Código Técnico de la Edificación se da respuesta a varias exigencias que venía reclamando nuestra sociedad y que redundan en una mayor seguridad jurídica, al ofrecer un mayor nivel de calidad y un mejor sistema de garantías para el consumidor, todo ello conciliándolo con la protección del medio ambiente al moderar el impacto inmobiliario.

En primer lugar, el Código Técnico de la Edificación, superando la actual legislación de normas básicas para la edificación, dota a la construcción de toda de una serie de exigencias de calidades, tanto en la creación como en la ejecución de los nuevos edificios, ofreciendo unos parámetros claros mediante la especificación de conceptos y procesos que determinan un nivel mínimo de calidad en la construcción, cuyo objetivo preferente es garantizar la seguridad, funcionabilidad y habitabilidad, permitiendo a su vez, al utilizar conceptos descriptivos ir incorporado las nuevas soluciones que la innovación tecnológica vaya desarrollando en la aplicación de las normas de obligado cumplimiento incluidas en dicho Código.

En segundo lugar, el Código Técnico de la Edificación, como mayor novedad, introduce una serie de normas tendentes a asegurar una mayor sostenibilidad y protección del medioambiente, sobretodo mediante el uso de procesos que produzcan el ahorro y eficiencia energética, así se deberá prever en el diseño de los nuevos edificios, el aprovechamiento de la luz solar y del ahorro térmico, es decir, será exigible la instalación de sistemas de captación y transformación de energía solar en eléctrica, dejándose, en este caso, a las administraciones de cada Comunidad Autónoma que determinen el nivel de exigibilidad de dichas instalaciones mediante su desarrollo legislativo.

 
 

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