

Estas garantías, en concepto de daños materiales por vicios y defectos en la construcción, suponen la obligatoriedad de contratación de tres seguros, entre los que figura el ya conocido seguro decenal. Seguro que cubriría defectos en la cimentación y estabilidad del edificio, por parte del promotor. A su vez, también quedaría en manos del promotor un segundo seguro de tres, dirigido a la cobertura de daños o defectos en la edificación que afecten a la habitabilidad.
Finalmente, el constructor habría de responsabilizarse del seguro para responder a los defectos de ejecución, aunque únicamente durante un año. Este último requisito también se podría cubrir mediante la retención del 5% del importe de la ejecución de obra. Sin duda, la nueva regulación supone cambios en la edificación. Cambios que muestran un interés por una calidad en la construcción de parte del Gobierno. Los compradores de vivienda nueva podrán empezar a sentirse seguros. A pesar de ello, sin duda el tiempo nos revelará las verdaderas consecuencias de esta nueva ley, que ya se calcula influirá en un incremento del precio final de la obra, aunque su verdadera carestía de cara al consumidor estará supeditada a la consecución de sus objetivos.
La seguridad de poder adquirir productos de calidad con garantía es algo que todos los sectores llevan años buscando, la nueva ley será el primer paso. Los buenos resultados no son producto del azar, y sin duda este paso hay entenderlo desde la perspectiva desde esta perspectiva. Para ello, bastaría con recordar que aún quedan dos años para el CTE, Código Técnico de la Edificación, que fijará los requisitos básicos de calidad, cuestión que traerá consigo un largo debate.
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